Sueldos Marzo 2019 - Nueva escala salarial.
- Sanchez Juan Carlos Ruben.
- 25 mar 2019
- 4 Min. de lectura
Planilla nueva para marzo y más cargas sociales
[BPN-21/03/19] La Resolución 100/2019 que homologó el acuerdo paritario, contempla un aumento del 11.5% para el mes de marzo y otro igual para el mes de mayo de 2019.
Además de esta composición salarial, la resolución contempla "una cobertura de seguro de vida entera que ampara la muerte y la supervivencia, combinando la protección y el ahorro a largo plazo", dice el nuevo artículo 27º bis del convenio colectivo del sector [1].
La Circular Nº 21 de la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) indica: "Este seguro vitalicio cubrirá el fallecimiento del asegurado, a excepción de que éste hubiera optado con anterioridad el rescate de su cuenta individual. Este beneficio surgirá del aporte mensual de los empleadores del 0.75% de la remuneración bruta del trabajador y una retención al trabajador del 0.75% sobre dicha remuneración".
Al mirar en detalle el Artículo 27 bis, se puede afirmar que el 1.5% total que permitirá la contratación de la nueva póliza, recaerá en todos los empleadores y trabajadores estén o no afiliados al sindicato: "… las partes acuerdan que la totalidad de los empleadores de la actividad ingresarán un aporte mensual del 0,75% sobre la remuneración bruta total de cada trabajador y/o trabajadora comprendido en el ámbito de aplicación del presente Convenio Colectivo de Trabajo; y una retención del 0.75% sobre la remuneración bruta total de cada trabajador y/o trabajadora comprendido en el ámbito de aplicación del presente Convenio Colectivo de Trabajo".
No queda del todo claro a partir de qué mes habrá que comenzar a realizar el aporte y la contribución de este nuevo seguro ni cuál será el medio de pago o la institución recaudadora, pero seguramente nos enteraremos pronto.
Lo que falta homologar es el acta acuerdo del 20 de diciembre del año pasado que estableció "una contribución solidaria [para las obras sociales] a cargo de los empleadores [...] desde el mes de diciembre de 2018 y hasta el mes de noviembre de 2020 inclusive de 250 pesos". A pesar de que ni la Secretaria de Trabajo, ni el SUTERH [2] ni las entidades de administradores signatarias dieron a conocer su homologación, éste ya se está cobrando. Ese acuerdo fue firmado por la FATERyH [3] con el AIERH [4], la CAPHyAI [5] y la UADI [6].
Volviendo al tema de la escala salarial, el 11.5% de aumento para el mes de marzo se aplicó sobre el escala de febrero de 2019. En febrero de 2019, un Encargado Permanente con Vivienda de 1º Categoría tenía un básico de $25655; si calculamos el 11.5% de la nueva resolución dará $ 2950,32 que al sumarlo quedará en un $ 28605 redondeado.
Julio 2018
1° cuota fija de $.2000 (Res. 126/18)
Agosto 2018
2° cuota fija de $.2000 (Res. 126/18)
Octubre 2018
Última cuota fija de $.2000 (Res. 126/18)
Noviembre 2018
3% de aumento sobre la escala de abril/18 (Res. 143/2018) +
7% de aumento (Res. 313/2018). La planilla se obtuvo al aplicar el 7% sobre la anterior escala de noviembre/18
Diciembre 2018
6% de aumento sobre la escala (Res. 313/2018). Se obtuvo aplicando el 13% (el 7% de noviembre más el 6% de diciembre) a la escala salarial de noviembre homologada por la Disposición 143.
Enero 2019
3% de aumento (Res. 143/2018) +
2% de aumento (Res. 313/2018). En esta escala no queda claro cómo se obtuvieron los valores.
Febrero 2019
3% de aumento (Res. 143/2018) +
2% de aumento (Res. 313/2018). En esta escala no queda claro cómo se obtuvieron los valores.
Marzo 2019
11,5% de aumento sobre la escala de febrero/19 (Res.100/2019)
Mayo 2019
11,5% de aumento sobre la escala de febrero/19 (Res.100/2019) y sumado a la escala de Marzo/2019
Escala de Marzo 2019 (Res.100/2019)
FUNCION
1° Categoría
2° Categoría
3° Categoría
4° Categoría
Encargado Permanente con vivienda
28.605
27.413
26.221
23.838
Encargado Permanente sin vivienda
33.623
32.222
30.821
28.019
Ayudante Permanente con vivienda
28.605
27.413
26.221
23.838
Ayudante Permanente sin vivienda
33.623
32.222
30.821
28.019
Ayudante Media jornada
16.811
16.111
15.410
14.009
Personal Asimilado Con vivienda
28.605
27.413
26.221
23.838
Personal Asimilado Sin vivienda
33.623
32.222
30.821
28.019
Mayordomo Con vivienda
29.667
28.431
27.195
24.722
Mayordomo Sin vivienda
34.996
33.538
32.080
29.164
Intendente
42.835
42.835
42.835
42.835
Personal con más 1 función con vivienda
28.605
27.413
26.221
23.838
Personal con más 1 función sin vivienda
33.623
32.222
30.821
28.019
Encargado Guardacoches con vivienda
25.222
25.222
25.222
25.222
Encargado Guardacoches sin vivienda
27.389
27.389
27.389
27.389
Personal Vigilancia Nocturna
30.291
30.291
30.291
30.291
Personal Vigilancia Diurna
28.202
28.202
28.202
28.202
Personal Vigilancia Media Jornada
14.101
14.101
14.101
14.101
Encargado No Permanente Con vivienda
13.571
13.571
13.571
13.571
Encargado No Permanente Sin vivienda
14.750
14.750
14.750
14.750
Ayudante Temporario
27.627
27.627
27.627
27.627
Ayudante Temporario Media Jornada
13.813
13.813
13.813
13.813
Adicionales
Para Cualquiera de las Categorías
Personal Jornalizado no más 18 horas ( según ART. 7 INC. P HORA) 285,70
Suplente con horario por día 1247,40
Retiro de residuos por unidad destinada a vivienda u oficina 51,10
Clasificación de residuos Resol. 2013 243 SSRT-GCABA 880,40
Valor vivienda 187,80
Plus por antigüedad conf. Resolución 106/09 - inc. D, e, h, n y p del art. 7 y 8 por año (1%) 280,20
Plus por antigüedad - por año ART. 11 ( 2%) 560,40
Plus limpieza de cocheras 697,50
Plus movimiento de coches - hasta 20 unidades 1032,80
Plus Jardín 697,50
Plus Zona Desfavorable 50%
Titulo de Encargado Integral de Edificio 10%
Plus limpieza de piletas y mantenimiento del agua 1173,50
Para tener en cuenta a la hora de liquidar
Marzo 2019: Sueldos (Aportes)
1) Aporte Jubilatorio: (Dto. 22/2007 – BO 24/1/2007) 11%
2) INSSJP (Ley 19032) 3%
3) Aporte sindical 2%
4) Aporte Obra social 3%
5) Caja de Protección a la familia 1%
6) Fondo para la Maternidad, Vida, Desempleo y Discapacidad (FMVDD) 1%
7) Seguro de vida entera (Res.100/2019) No queda claro a partir de qué mes se debe descontar. 0.75%
Contribuciones
Febrero 2019: Sueldos (Contribuciones) – Contribuciones Seguridad Social = 18%
1) Jubilación 10,77%
2) Ley 19032 / INSSJP 1,58%
3) Obra Social + ANSSAL 6,00%
4) FNE 0,95%
5) Asignaciones Familiares 4,70%
6) CPF (Boletas del sindicato) 1,50%
7) FMVDD (Boletas del sindicato) 4,00%
8) Contribución Solidaria OS CCT 589/10 (Boletas sindicato) $250,00
9) SERACARH (Boletas del sindicato) 0,5%
10) Seguro de vida entera (Res.100/2019) No queda claro a partir de qué mes se debe descontar. 0.75%
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